Obligaciones fiscales hasta el 20 de marzo de 2025
La Agencia Tributaria establece los siguientes plazos para la presentación de impuestos y declaraciones correspondientes a febrero de 2025. A continuación, detallamos las obligaciones fiscales más relevantes:
Renta y Sociedades
Se deben presentar las retenciones e ingresos a cuenta de diferentes conceptos, como rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios, ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. También se incluyen las rentas derivadas de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario y rentas de no residentes sin establecimiento permanente.
Modelos a presentar (Grandes Empresas – febrero 2025):
111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
IVA
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: Modelo 349.
Solicitud de devolución para sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA que ejerzan actividades de transporte de viajeros o mercancías por carretera por la adquisición de determinados medios de transporte:Modelo 308.
Impuesto sobre las Primas de Seguros
Autoliquidación correspondiente a febrero 2025: Modelo 430.
Impuestos Especiales de Fabricación
Diciembre 2024 (Grandes Empresas): Modelos 561, 562, 563.
Febrero 2025: Modelos 548, 566, 581.
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados y representantes fiscales: Modelo 510.
Impuesto Especial sobre la Electricidad
Grandes Empresas – febrero 2025: Modelo 560.
Impuestos Medioambientales
Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: Modelo 592.
Impuesto Especial sobre las Transacciones Financieras
Febrero 2025: Modelo 604.
Recuerda que cumplir con estos plazos es fundamental para evitar sanciones. Si necesitas asesoramiento o ayuda con la presentación de los impuestos, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de expertos.