Obligaciones fiscales hasta el 20 de marzo de 2025

La Agencia Tributaria establece los siguientes plazos para la presentación de impuestos y declaraciones correspondientes a febrero de 2025. A continuación, detallamos las obligaciones fiscales más relevantes:

Renta y Sociedades

Se deben presentar las retenciones e ingresos a cuenta de diferentes conceptos, como rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios, ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. También se incluyen las rentas derivadas de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario y rentas de no residentes sin establecimiento permanente.

Modelos a presentar (Grandes Empresas – febrero 2025):
111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230


IVA

  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: Modelo 349.

  • Solicitud de devolución para sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA que ejerzan actividades de transporte de viajeros o mercancías por carretera por la adquisición de determinados medios de transporte:Modelo 308.


Impuesto sobre las Primas de Seguros

  • Autoliquidación correspondiente a febrero 2025: Modelo 430.


Impuestos Especiales de Fabricación

  • Diciembre 2024 (Grandes Empresas): Modelos 561, 562, 563.

  • Febrero 2025: Modelos 548, 566, 581.

  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados y representantes fiscales: Modelo 510.


Impuesto Especial sobre la Electricidad

  • Grandes Empresas – febrero 2025: Modelo 560.


Impuestos Medioambientales

  • Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: Modelo 592.


Impuesto Especial sobre las Transacciones Financieras

  • Febrero 2025: Modelo 604.

Recuerda que cumplir con estos plazos es fundamental para evitar sanciones. Si necesitas asesoramiento o ayuda con la presentación de los impuestos, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de expertos.